Orientaciones para la asignación de créditos condonables para programas de doctorado - Ingeniería


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Facultad de Ingeniería

 


Créditos condonables para el programa de Doctorado en Ingeniería


Convocatoria segundo semestre de 2025

(2530)

Apertura de la Convocatoria:
lunes 14 de abril de 2025

Cierre Convocatoria:
lunes 9 de junio 2025

Notificación de resultados:
la notificación se enviará al correo electrónico a más tardar
el 23 de junio de 2025

Con el propósito de brindar apoyo económico a aspirantes admitidos al programa de Doctorado de la Facultad de Ingeniería de la Pontificia Universidad Javeriana – Sede Central, se realiza la apertura de la convocatoria de créditos condonables dirigida a admitidos con un destacado desempeño académico, que dadas sus dificultades económicas no pueden asumir el pago total de la matrícula.


 

La Universidad otorgará semestralmente créditos condonables por un porcentaje del valor de la matrícula en los programas de doctorado teniendo en cuenta las siguientes características:

Aspirantes admitidos

  • Los créditos condonables corresponderán a un apoyo hasta del 100% del valor de la matrícula, de acuerdo con las condiciones establecidas.
  • Los créditos condonables se hacen efectivo por el número de períodos académicos que dura el programa de doctorado de acuerdo con lo establecido en el SNIES.
  • Los créditos condonables serán asignados una vez el aspirante haya sido admitido al doctorado, y se renovarán previo cumplimiento de las condiciones establecidas.
  • Los créditos condonables se otorgarán solo para los programas de doctorado de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá).
  • En caso de que no se asigne alguno de los créditos condonables, este no podrá ser acumulado para los siguientes periodos académicos.
  • Como contraprestación a este apoyo, los estudiantes beneficiarios realizarán actividades de asistencia de docencia o asistencia de investigación.
  • El crédito condonable no es aplicable para cursos nivelatorios o preparatorios que requiera realizar el estudiante previo al inicio del programa de doctorado.
  • El crédito condonable siempre se hará efectivo sobre matrícula completa. Solamente se podrá hacer efectivo sobre media matrícula si el plan de estudios del doctorado así lo establece para un periodo académico específico.
  • En caso de que el estudiante participe en uno de los convenios de movilidad estudiantil de la Universidad contará con el crédito condonable. Sin embargo, el beneficio no se extenderá más allá del número máximo de periodos académicos de duración declarados en el registro calificado del programa de maestría según el SNIES.
  • En el evento que el estudiante decida cambiar de programa, el beneficio no será traslado a otro programa.
  • Por ningún motivo el beneficiario podrá ceder total o parcialmente este beneficio a otro estudiante.

Estudiantes regulares

  • Los créditos condonables corresponderán al 50% del valor de la matrícula de acuerdo con las condiciones establecidas.
  • Los créditos condonables se hacen efectivos por un único periodo académico.
  • Los créditos condonables se otorgarán solo para estudiantes regulares de los programas de doctorado de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá).
  • En caso de que no se asigne alguno de los créditos condonables, este no podrá ser acumulado para los siguientes periodos académicos.
  • Como contraprestación a este apoyo, los estudiantes beneficiarios realizarán actividades de asistencia de docencia o de investigación.
  • El crédito condonable siempre se hará efectivo sobre matrícula completa. Solamente se podrá hacer efectivo sobre media matrícula si el plan de estudios del doctorado así lo establece, para un periodo académico específico.
  • Este beneficio no aplicará para estudiantes regulares que participarán en convenios de intercambio estudiantil ni para realizar pasantías.
  • El beneficio no será trasladado a otro programa en caso de que el estudiante así lo decida.
  • Por ningún motivo el beneficiario podrá ceder total o parcialmente este beneficio a otro estudiante.

 

Aspirantes admitidos incluyendo a quienes hayan realizado reserva de cupo, aspirantes que no cuenten con otro tipo de apoyo financiero por parte de la Universidad para el pago de la matrícula. (Beca Orden al Mérito Académico Javeriano o crédito condonable apoyo a doctorado, créditos condonables para doctorados, créditos condonables para personal administrativo, auxilios o descuentos otorgados por la Universidad, convenios institucionales, entre otros. Se excluye el descuento por egresado). Ningún beneficiario podrá contar con más de un beneficio otorgado por la Universidad. En caso de que algún aspirante cuente con otro tipo de apoyo por parte de la Universidad deberá decidir por cual optará e informárselo a su director de programa.

También podrán recibir créditos condonables estudiantes regulares que no cuenten con beneficios otorgados por parte de la Universidad para el pago de la matrícula.

No podrán beneficiarse de los créditos condonables los profesores de planta, ni los empleados administrativos de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana, ni estudiantes regulares que ya se encuentren o vayan a estar en continuidad académica.


 

Requisitos para estudiantes neojaverianos

  • Haber sido admitido(a) al programa de Doctorado de la Facultad de Ingeniería de la Pontificia Universidad Javeriana – Sede Central.
  • Tener un excelente desempeño académico.
  • No tener una beca, ayuda económica o beneficio otorgado por la Universidad.
  • Evidenciar dificultades económicas que no le permitan asumir el valor de la matrícula.

Requisitos para estudiantes regulares

  • Estar matriculado en el programa de Doctorado de la Facultad de Ingeniería de la Pontificia Universidad Javeriana – Sede Central.
  • Tener un promedio ponderado acumulado igual o superior a 4.0. 
  • No estar (o que vaya a estar) en continuidad académica ni en “semestre de gracia”.
  • No tener sanciones disciplinarias. 
  • No tener una beca, ayuda económica o beneficio otorgado por la Universidad.
  • Evidenciar dificultades económicas que no le permitan asumir el valor de la matrícula.

 

Proceso:

  • Descargar el formato de solicitud y diligenciarlo en su totalidad: acceder aquí
  • Formalizar la postulación por medio del siguiente enlace: acceder aquí
    *Tener en cuenta las fechas establecidas de apertura y cierre de la convocatoria, no se aceptarán postulaciones después del cierre. 
  • Notificación del proceso por parte de la Facultad, indicando la asignación o no asignación del crédito condonable.
    *Si el crédito condonable es asignado, la persona beneficiaria deberá diligenciar y firmar el acuerdo de formalización y el pagaré.

Documentos requeridos:

  • Copia de reconocimientos, premios o distinciones que den cuenta de su excelencia académica.
  • Soportes que respalden su necesidad económica.
  • Carta dirigida al programa exponiendo las razones por las cuales solicita la beca/asistencia graduada.
  • Certificado laboral con máximo 30 días de expedición (si se encuentra vinculado laboralmente a alguna entidad).
  • Soportes de la experiencia en las áreas de investigación y/o docencia.

 


 


 


 

Deberes del estudiante beneficiario del crédito condonable

Como retribución, el estudiante que resulte beneficiado del apoyo económico otorgado realizará “asistencia de docencia o de investigación”, con la finalidad de llevar a cabo las actividades que se le designen, las cuales deberán estar al margen del desarrollo de su Tesis. Esta asistencia tendrá una dedicación de cinco (5) horas a la semana durante el periodo académico cubierto por el beneficio, y se realizará bajo la supervisión del tutor/profesor designado por la Facultad.

  • Los beneficiarios de estos créditos condonables no podrán tener vinculación como profesores de planta, o como funcionarios administrativos de la Universidad durante la vigencia del presente Acuerdo. El incumplimiento de lo dispuesto en esta cláusula generará la terminación automática del mismo.

  • El beneficiario deberá iniciar el Doctorado en el semestre para el cual se le otorgó el crédito condonable. En caso de que solicite retiro temporal, reserva de cupo, o que abandone sus estudios por deserción, exclusión o expulsión antes o después del inicio de las actividades académicas, perderá el beneficio y deberá reintegrar los recursos asignados por la Universidad. Se estudiarán excepciones si el retiro se da por razones de fuerza mayor que le impidan la continuidad de sus estudios. Estas razones deberán estar debidamente soportadas, justificadas y avaladas por el Director del Doctorado.

  • El estudiante beneficiario se compromete, al finalizar cada periodo académico, a presentar a su director de programa un informe de avance tanto del desarrollo de sus actividades académicas como de sus actividades de asistencia. Este informe deberá llevar el visto bueno de su tutor.

Condiciones para mantener el apoyo económico

  • Mantener un promedio ponderado acumulado de periodo de mínimo de cuatro punto cero (4.0).

  • Haber cumplido a cabalidad con el plan de la asistencia de docencia o de investigación, según sea el caso.

  • Haber cumplido con los deberes y obligaciones señalados en el Reglamento de Estudiantes.

  • Presentar a la Dirección de Asuntos Estudiantiles, a través del Director del Doctorado, el informe de los resultados académicos obtenidos en el semestre y el resultado en el desarrollo de las actividades de asistencia de docencia o de investigación, haciendo uso del “Formato de renovación o culminación crédito condonable para doctorados.”

Causales de suspensión del beneficio y no condonación del crédito

En caso de que el beneficiario del crédito condonable incurra en alguna de las siguientes causales perderá el beneficio, sin que le sea posible volverse a postular, y deberá restituir el 100% de los recursos otorgados por la Universidad:

  • Ser sujeto de una sanción disciplinaria.
  • No cumplir con lo estipulado en su plan de trabajo en el marco de la asistencia de docencia o de investigación.
  • No obtener un concepto favorable de su tutor sobre su desempeño como asistencia de docencia o de investigación.
  • Realizar traslado de programa.
  • Realizar retiro temporal, retiro definitivo, reserva de cupo o abandonar sus estudios por deserción, exclusión o expulsión. Se estudiarán excepciones por razones de fuerza mayor. Estas razones deberán estar debidamente soportadas, justificadas y avaladas por el Director del Doctorado.
  • Incumplir con los deberes del estudiante beneficiario.

Renovación del crédito condonable

Para la renovación semestral del crédito condonable, al finalizar el semestre el Director del Doctorado notificará a la Dirección de Asuntos Estudiantiles sobre el cumplimiento, por parte del estudiante, de las condiciones establecidas en los términos de referencia. Para ello se solicitará un reporte al finalizar cada período, en el que el tutor del estudiante y el director del programa, autorizan o no la renovación del beneficio. Los créditos condonables deberán renovarse a más tardar antes del inicio de actividades académicas del semestre siguiente.

Condonación y culminación del beneficio

  • Condonación:
    El crédito se condonará en un porcentaje gradual según el tiempo que el estudiante tarde en cumplir con las condiciones para obtener el título según lo establecido en el SNIES y de acuerdo con la siguiente tabla:


El porcentaje no condonado se calculará sobre el valor total de los recursos aportados por la Universidad en los periodos académicos que se otorgó el beneficio. Los dineros que no sean condonados serán restituidos por el estudiante, previo acuerdo con la Oficina de Apoyo Financiero de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá).
 

  • Culminación del beneficio:
    Una vez que el estudiante haya cumplido con todas las condiciones para para condonar el crédito de acuerdo con los términos convenidos, el Director del Doctorado deberá notificarlo a la Dirección de Asuntos Estudiantiles. Con esta información se elaborará el acta de culminación del beneficio, documento con el cual se podrá solicitar a la Oficina de Apoyo Financiero la condonación del crédito otorgado por la Universidad.

 

El estudiante beneficiario del crédito condonable como contraprestación al beneficio recibido realizará, asistencia de docencia o de investigación 1 acorde con sus intereses e iniciativas particulares de formación y de acuerdo con las necesidades que identifique su tutor o director de programa. Dichas asistencias tendrán una asignación de cinco (5) horas semanales y deberán estar consignadas en un plan de trabajo con resultados esperados.

Para el desarrollo de las asistencias se deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • Asistente de docencia: quienes opten por esta modalidad no podrán sustituir al profesor en las clases o evaluaciones, ni podrán reemplazar sus ausencias. Tampoco elaborarán los sílabos de las asignaturas, ni diseñarán, aplicarán o calificarán las evaluaciones de la asignatura. Estos asistentes no podrán custodiar las calificaciones o exámenes, ni podrán registrar las calificaciones de los estudiantes.
  • Asistente de investigación: quienes opten por esta modalidad no podrán sustituir al profesor en sus actividades y compromisos de investigación, Innovación o investigación creación, de producción intelectual o de docencia, ni tampoco administrará o gestionará los recursos financieros asignados a la investigación.

1 Las actividades que desempeñará el beneficiario del crédito condonable, como asistente de docencia o de investigación, se desarrollarán dentro del marco del presente documento, el cual es de carácter eminentemente académico, por lo cual no se generará ningún tipo de subordinación o relación laboral y/o civil de prestación de servicios entre el beneficiario y La Universidad, ni dará lugar a ninguna clase de prestaciones sociales o pago de honorarios/salarios, indemnizaciones, licencias, entre otros conceptos, a cargo de ésta última y a favor del primero, en consecuencia no existirá ningún tipo de vinculación laboral entre ellas.


 

Si un estudiante resulta beneficiario de una de las convocatorias de MINCIENCIAS para realizar estudios de doctorado que le cubra los gastos de la matrícula, podrá acceder a dicho beneficio. A pesar de ello, el crédito condonable del cual es beneficiario permanecerá activo hasta cumplir con las condiciones de condonación. En caso de que el beneficio de MINCIENCIAS no cubra en su totalidad el valor de la matrícula del Doctorado, el porcentaje restante será cubierto por el crédito condonable del cual es beneficiario en las condiciones y compromisos establecidos.

*Estas orientaciones se harán efectivas a partir del segundo semestre de 2024 y podrán ser modificadas o suspendidas previa notificación por parte de la Universidad.


Para más información contáctanos al correo electrónico
doctoradoingenieria@javeriana.edu.co
con el asunto: Créditos condonables para el Doctorado en Ingeniería - Convocatoria 2530


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