Créditos condonables doctorado - Ingeniería
Convocatoria para el
fortalecimiento de los
programas de doctorado
Convocatoria 2024-3
Con el fin de apoyar la formación en programas de Doctorado, la Universidad abre una nueva convocatoria de créditos condonables. Para lo cual, como contraprestación, los beneficiarios realizarán actividades de Asistencia de Docencia, Asistencia de Investigación Innovación o Investigación+Creación. Los apoyos serán otorgados por concurso, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos de la Universidad.
La convocatoria se abre para candidatos de los siguientes doctorados: Doctorado en Ciencias Biológicas, Doctorado en Estudios Ambientales y Rurales, Doctorado en Economía, Doctorado en Comunicación, Lenguajes e Información, Doctorado en Filosofía, Doctorado en Ingeniería, Doctorado en Ciencias Jurídicas, Doctorado en Teología, Doctorado en Derecho Canónico, Doctorado en Ciencias Sociales y Humanas, Doctorado en Epidemiología Clínica, Doctorado en Psicología, Doctorado en Ciencia y Tecnología de los Materiales y Doctorado en Neurociencias.
Fecha de apertura
de la convocatoria:
21 de mayo de 2024
Fecha límite de envío
de documentos:
21 de junio de 2024
Fecha de cierre
de la convocatoria:
25 de junio de 2024
Entrega de resultados
a los programas:
12 de julio de 2024
a). El apoyo otorgado por la Universidad cubre el 100% del valor de la matrícula, a través de la figura de crédito condonable, durante los periodos académicos de duración del Programa establecidos en su documento curricular. El crédito condonable no es aplicable para cursos nivelatorios o preparatorios que requiera realizar el estudiante, previo al inicio del programa.
b). El estudiante beneficiario contará con uno apoyo económico complementario por la suma de cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) para manutención durante el tiempo que se encuentre como beneficiario del crédito condonable.
c). El estudiante beneficiario del crédito condonable como contraprestación al beneficio recibido realizará, asistencias académicas, de innovación o de investigación+creación1 acorde con sus intereses e iniciativas particulares de formación y de acuerdo con las necesidades que identifique su tutor o director de programa. Dichas asistencias tendrán una asignación de cinco (5) horas semanales y deberán estar consignadas en un plan de trabajo con resultados esperados.
Para el desarrollo de las asistencias se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- Asistente de docencia: quienes opten por esta modalidad no podrán sustituir al profesor en las clases o evaluaciones, ni podrán reemplazar sus ausencias. Tampoco elaborarán los sílabos de las asignaturas, ni diseñarán, aplicarán o calificarán las evaluaciones de la asignatura. Estos asistentes no podrán custodiar las calificaciones o exámenes, ni podrán registrar las calificaciones de los estudiantes.
- Asistente de investigación, innovación o de investigación+creación: quienes opten por esta modalidad no podrán sustituir al profesor en sus actividades y compromisos de investigación, Innovación o investigación creación, de producción intelectual o de docencia, ni tampoco administrará o gestionará los recursos financieros asignados a la investigación.
d). De manera opcional semestralmente podrá vincularse como profesor de cátedra por hora o para dictar módulos o cursos de educación continua al margen del crédito condonable. Lo anterior, con el propósito que puedan fortalecer su formación académica durante sus estudios de doctorado:
- Vinculación como profesor de cátedra por hora: El estudiante beneficiario del crédito condonable Apoyo a Doctorado podrá contar con una vinculación de profesor cátedra por hora para dictar hasta cuatro horas semanales en una asignatura de pregrado, especialización o maestría.2 Dicha vinculación será ajena al crédito condonable y no tendrá un efecto sobre el mismo.
- Horas de módulos o cursos de educación continua: El estudiante beneficiario del crédito condonable Apoyo a Doctorado podrá contar con una vinculación para dictar en el semestre cursos o módulos de educación continua. El tiempo de dedicación para esta actividad será coordinada entre el estudiante beneficiario y su tutor de tal manera que no afecte el desarrollo de sus actividades académicas en el doctorado.3
Las actividades como profesor de cátedra por hora o para dictar módulos o cursos de educación continua no formarán parte de los compromisos para mantener y renovar el crédito condonable y no deberán afectar el desarrollo normal de los estudios del doctorado.
e). El crédito condonable no cubrirá otros gastos adicionales a los mencionados en esta convocatoria.
1 Las actividades que desempeñará el beneficiario del crédito condonable, como asistencias académicas, de innovación o de investigación+creación, se desarrollarán dentro del marco del presente documento, el cual es de carácter eminentemente académico, por lo cual no se generará ningún tipo de subordinación o relación laboral y/o civil de prestación de servicios entre el beneficiario y La Universidad, ni dará lugar a ninguna clase de prestaciones sociales o pago de honorarios/salarios, indemnizaciones, licencias, entre otros conceptos, a cargo de ésta última y a favor del primero, en consecuencia no existirá ningún tipo de vinculación laboral entre ellas.
2 La vinculación a la asignatura se realizará conforme a los procesos y condiciones establecidos en la Universidad.
3 La vinculación a cursos o módulos de educación continua se realizará conforme a los procesos y condiciones establecidos por el Centro de Educación Continua de la Universidad.
Se podrán postular a estos créditos condonables los aspirantes admitidos como Neojaverianos o quienes hayan reservado el cupo para iniciar estudios en el segundo semestre del año 2024, o para el primer semestre de 2025, según el calendario de admisión de cada programa de doctorado de la Pontificia Universidad Javeriana de la Sede Central Bogotá.
Se exceptúan estudiantes que ya hayan iniciado su formación doctoral en alguno de los programas de doctorado de la Pontificia Universidad Javeriana de la Sede Central, candidatos que ya cuenten con título de doctor, profesores de planta de la Universidad o funcionarios administrativos.
Teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos, en esta oportunidad la Universidad otorgará cuatro (4) créditos condonables distribuidos de la siguiente manera:
a). 2 de los cuales se otorgarán entre los programas: Doctorado en Ciencias Biológicas, Doctorado en Ingeniería y Doctorado en Epidemiología Clínica, Doctorado en Ciencia y Tecnología de los Materiales y Doctorado en Neurociencias.
b). 2 Créditos condonables para otorgar entre los programas: Doctorado en Estudios Ambientales y Rurales, Doctorado en Economía, Doctorado en Filosofía, Doctorado en Ciencias Jurídicas, Doctorado en Teología, Doctorado en Derecho Canónico, Doctorado en Ciencias Sociales y Humanas, Doctorado en Psicología y el Doctorado en Comunicación, Lenguajes e Información.
a). Haber sido admitido como Neojaveriano para iniciar estudios en el segundo semestre de 2024 o para el primer semestre de 2025, según el calendario de admisión de cada programa de doctorado de la Pontificia Universidad Javeriana de la Sede Central Bogotá.
b). Ser postulado por el Director del Doctorado previo aval de su proyecto de investigación.
c). Contar con el concepto favorable del Director del Doctorado y del tutor para realizar actividades de Asistencia de Docencia, Asistencia de investigación, innovación o de investigación+creación.
d). Tener máximo 38 años de edad al momento de la postulación.
e). Certificar mínimo el nivel B1, según el marco común europeo de referencia para las lenguas MCERL, en alguno de los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán, italiano o portugués. Esto deberá certificarse a través de alguno de los exámenes que se relacionan en el cuadro del Anexo 1.4
4Anexos disponibles en PDF de Términos de referencia). Para inglés: TOEFL, IELTS, Michigan International.
a). El candidato deberá presentar su postulación ante el director del Doctorado cumpliendo con las condiciones y requisitos de esta convocatoria.
b). Cada postulación deberá incluir la documentación y soportes correspondientes solicitados en esta convocatoria distribuida en las siguientes 8 carpetas: Requisitos de postulación, Producción intelectual, Experiencia previa en actividades de investigación, Premios o distinciones asociadas a la excelencia académica, Segundo idioma, Impacto del proyecto, Rendimiento académico en estudios previos y carta de autorización de tratamiento de datos.
c). La postulación deberá incluir la carta de aprobación del proyecto de investigación por parte del Director del Doctorado. Dicho proyecto debe dar cuenta del impacto y contribución al desarrollo del área de conocimiento, objetivos, resultados esperados y debe estar en consonancia con las líneas de investigación establecidas en el programa de doctorado, como con los principios institucionales Javerianos.
d). La postulación deberá incluir la carta de autorización de tratamiento de datos la cual se incluirá dentro de los documentos requeridos por la convocatoria. (Anexo 2).
e). Cada programa de Doctorado podrá presentar a esta Convocatoria hasta dos candidatos. En consecuencia, el Director del Doctorado hará la selección y presentación de sus candidatos ante la Vicerrectoría Académica.
f). La información y documentación de cada postulación debe ser enviada al correo del programa, doctoradoingenieria@javeriana.edu.co, a más tardar el 21 de junio de 2024, con el asunto: Postulación Convocatoria para el Fortalecimiento de los Programas de Doctorado - 2024. Vencido este plazo no se recibirán más postulantes. Los documentos deben enviarse organizados por carpetas, las cuales deben nombrarse como se indica en el apartado b).
g). Solamente se tendrán en cuenta las postulaciones que cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria y que presenten los soportes correspondientes para su valoración. No se tendrán en cuenta las postulaciones que no cumplan con estas condiciones o que se presenten o envíen documentación posterior a la fecha de cierre de la convocatoria.
a). Iniciar el programa en el semestre establecido en la convocatoria. Si el estudiante beneficiario solicita retiro temporal o reserva de cupo antes o después del inicio de las actividades académicas, perderá el beneficio y deberá reintegrar los recursos asignados por la Universidad. Se estudiarán excepciones, si el retiro se da por razones de salud del estudiante, licencia de maternidad o fuerza mayor que le impidan la continuidad de sus estudios. Estas razones deberán estar debidamente soportadas, justificadas y avaladas por el Director del Doctorado.
b). Suscribir con la Universidad, como contraprestación por el apoyo otorgado, un Convenio Académico bajo la modalidad de Asistente de docencia, Asistente de investigación. Innovación o de Investigación+creación, con la finalidad de llevar a cabo las actividades se le designen. Estás estarán al margen del desarrollo de su tesis doctoral.
c). Firmar el pagaré y la carta de instrucciones correspondiente como garantía del apoyo otorgado.
d). Garantizar la dedicación de tiempo necesario para cumplir con los compromisos académicos que demanda el programa de doctorado. En consideración a lo anterior el estudiante beneficiario no podrá tener ninguna vinculación de profesor de planta, personal administrativo o de prestación de servicios con la Universidad.
e). El estudiante beneficiario deberá realizar siempre matrícula completa. Solamente se podrá hacer efectivo sobre media matrícula si el plan de estudios del Doctorado así lo establece, para un periodo académico específico.
f). Los beneficiarios de estos créditos condonables no podrá tener vinculación como profesores de planta, o como funcionarios administrativos de la Universidad.
g). Presentar al Director del Doctorado, al finalizar cada periodo académico, un informe de avance tanto del desarrollo de sus actividades académicas como de sus actividades de Asistencia de Docencia, Asistencia de Investigación, Innovación o Investigación+Creación, según el caso, con el visto bueno de su tutor.
Las condiciones que deberá cumplir el estudiante para mantener y renovar el apoyo económico otorgado por la Universidad son las siguientes:
a). Cumplir satisfactoriamente con su rendimiento académico, manteniendo un promedio ponderado de semestre mínimo de cuatro punto cero (4.0).
b). Haber cumplido a cabalidad con el plan de la Asistencia de Docencia, Asistencia de investigación, innovación o de investigación+creación, que haya tenido a cargo en el semestre. En virtud de lo anterior, el beneficiario deberá presentar al Director del Doctorado el concepto del tutor/profesor que realiza la supervisión de dicha Asistencia.
c). Haber cumplido con los deberes y obligaciones señalados en el Reglamento de Estudiantes. Al finalizar cada semestre los directores de los doctorados notificarán a la Dirección de Asuntos Estudiantiles el cumplimiento las condiciones de renovación del beneficio, a través del Formato de renovación y culminación crédito condonable apoyo a doctorado.
En caso de que se presente alguna novedad que afecte el cumplimiento de las condiciones para mantener el crédito condonable, los directores de los doctorados deberán reportarla de manera oportuna a la Dirección de Asuntos Estudiantiles. Conjuntamente se evaluará la situación particular y se dará respuesta según las condiciones establecidas en este documento.
En caso de que el beneficiario del crédito condonable incurra en alguna de las siguientes causales perderá el beneficio y deberá restituir los recursos otorgados:
a). Ser sujeto de una sanción disciplinaria.
b). No obtener un concepto favorable de su tutor sobre su desempeño como asistente de docencia, asistente de investigación o asistente de investigación+creación.
h). Abandonar parcial o totalmente los estudios por deserción, exclusión o expulsión o realizar un retiro temporal, un retiro definitivo o reserva de cupo. Se estudiarán excepciones, si el retiro se da por razones de salud del estudiante, licencia de maternidad o fuerza mayor. Estas razones deberán estar debidamente soportadas, justificadas y avaladas por el Director del Doctorado.
c). Incumplir con los deberes del estudiante beneficiario establecidos en el numeral siete (7) del presente documento.
d). Falsedad en cualquiera de los documentos o certificados incluidos en la postulación.
El crédito se condonará hasta en un 90% de acuerdo con el tiempo que tarde en culminar su plan de estudios conforme a lo establecido en el SNIES del Doctorado. Adicionalmente, el estudiante contará con un semestre de gracia para dar cumplimiento con los requisitos para la obtención del título. Si al finalizar dicho semestre el estudiante requiere cursar semestres adicionales para terminar el doctorado y la obtención del título, el porcentaje de condonación se disminuirá progresivamente de acuerdo con el número de semestres adicionales que requiera cursar según lo establecido en la siguiente tabla:
Condonación | ||||||
Programa |
Duración |
semestre de gracia | 90% | 80% | 50% | 0% |
Doctorado en Ingeniería | 8 semestres |
1 semestre |
Hasta 9 semestres |
Hasta 10 semestres |
Hasta 11 semestres |
A partir de 12 semestres de permanencia en el Programa |
El estudiante condonará un 10% del crédito condonable siempre y cuando logre alguno de los siguientes resultados adicionales a los requisitos para obtener el título del doctorado, en un periodo no mayor a un año después de culminar su plan de estudios, conforme a la duración estimada en el SNIES del Doctorado:
- Publicación de un artículo de investigación. En caso de que el programa de doctorado lo requiera para la titulación, dicho artículo será adicional a lo solicitado por el programa. El documento soporte a presentar será el artículo.
- Posibilidad de aplicación del proyecto de investigación en el ámbito cultural, social, tecnológico, económico, político, ambiental, entre otros. El documento soporte a presentar será el producto y la carta de sustentación del director del doctorado que dé cuenta de dicha aplicación.
- Vinculación laboral a una institución pública o privada del país para el desarrollo de su tesis doctoral. El documento soporte a presentar será la certificación laboral.
Los recursos aportados por la Universidad bajo la modalidad de este crédito serán condonados en un 100% si se cumplen con las condiciones mencionadas en este numeral. El porcentaje no condonado se calculará sobre el valor total de los recursos aportados por la Universidad para el pago de la matrícula en los periodos académicos que se recibió el beneficio.
La Vicerrectora Académica contará con el apoyo de un Comité para determinar la condonación del crédito conforme a lo anteriormente mencionado.
a). En caso de que el estudiante decida cambiar de programa, el beneficio no será trasladado a otro programa académico. En consecuencia, el estudiante deberá restituir los recursos aportados por la Universidad bajo la figura de crédito condonable.
b). Si el estudiante beneficiario participa en uno de los convenios de movilidad estudiantil de la Universidad, contará con el crédito condonable. Sin embargo, el beneficio no se extenderá más allá del número de periodos académicos de duración establecidos curricularmente para el programa de doctorado.
c). En caso de que el estudiante realice una pasantía, el crédito condonable cubrirá el valor de la matrícula y se mantendrá la cuota de sostenimiento durante la misma. Lo anterior no implicará la extensión de los plazos para culminar el Programa definidos en el Acuerdo firmado entre el estudiante y la Universidad ni la asignación de recursos adicionales a los establecidos como apoyo económico complementario.
d). Por ningún motivo el beneficiario podrá ceder total o parcialmente este beneficio a otro estudiante.
La Vicerrectora Académica contará con el apoyo de un Comité para el análisis de las solicitudes y la selección de los estudiantes beneficiarios. Dicho Comité estará integrado por la Vicerrectora Académica (o su delegado), quien lo convocará y presidirá, el Vicerrector Administrativo (o su delegado), la Vicerrectora de Investigación (o su delegado), el Director de Asuntos Profesorales, la Directora de Asuntos Estudiantiles y un profesor de planta designado por la Vicerrectora Académica.
Para la evaluación de los candidatos y el otorgamiento de los créditos condonables, el Comité tendrá en cuenta los criterios que se relacionan en el documento de Términos de referencia, los puntajes obtenidos en cada uno, y el puntaje definitivo que se obtenga producto de la suma de los puntajes de cada criterio. En caso de empate se resolverá a favor del candidato que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de producción intelectual. Si el empate persiste el Comité determinará por consenso a quién se le asignará el beneficio.
Para más información contáctanos al correo electrónico
doctoradoingenieri
con el asunto: Convocatoria para el Fortalecimiento de los Programas de Doctorado - 2024.